8 Consejos para Proteger tu Invento (Pt. 2)

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#5 Solicitar una Patente es una Inversión en sí.

Obtener una patente es un ejercicio de mostrarle al USPTO que lo que estás solicitando es útil, novel y no-obvio. Si tus reclamos (“claims”) cumplen con esos criterios, se te puede otorgar una patente.

La solicitud consiste a grandes rasgos en una descripción altamente detallada del invento con todo su trasfondo, funciones, componentes. Requiere desarmar y desmenuzar todos los elementos del invento desde todos los ángulos. Junto con esto, un desglose de todo “prior art” relacionado al invento que se haya descubierto.

Este proceso de preparar, enviar y procurar la solicitud debe ser atendido por un profesional con experiencia en estas materias (ej. Abogado de patentes). Esto pues se requiere un alto nivel de detalle, un conocimiento particular del proceso de solicitud y el derecho aplicable, al igual que un dominio del lenguaje técnico de la solicitud. El proceso exige muchas horas de investigación, redacción y comunicación con oficiales y otros profesionales. Por lo que aunque los costos varían por solicitud, cualquier persona considerando seriamente solicitar una patente, debe asignarse un presupuesto en los miles de dólares.

#6 La Solicitud no Garantiza la Patente.

Una vez enviada la solicitud, procede una evaluación rigurosa por parte de oficiales de USPTO. El rol de estos es certificar que lo que presentas como “claim” en tu solicitud sea útil, novel y no-obvio. Y que nadie tenga una patente vigente sobre eso.

Si el oficial examinador entiende que algún “claim” no procede (ya sea porque existe una patente vigente, u otras razones) podrá requerir que elimines o revises esa porción de tu solicitud, so pena de retirarla. En ese proceso de evaluación y revisión pueden pasar años, desde el momento en que uno solicita la patente, hasta que finalmente el oficial emite su decisión. La concesión de tu patente será, generalmente, retroactiva al día de presentación de tu solicitud.

Las patentes se otorgan únicamente sobre “claims” en tu invento que sean útiles, noveles y no-obvios. El mero hecho de haber enviado una solicitud, pagado las tarifas y/o revisado tu solicitud luego de señalamientos por un oficial, no garantiza la concesión de una patente de ninguna forma.

#7 La Patente no Necesariamente será Sobre todo el Invento.

Como suele ocurrir, nuevos inventos se remontan de inventos anteriores. Si uno inventa sobre algo que ya existe, añadiéndole elementos noveles, el derecho que uno pudiese obtener sobre ese invento es únicamente sobre los elementos noveles y no obvios, mas no los que ya existían. Un nuevo invento, que se crea a base de otros inventos jamás consume a su(s) patente(s) anterior(es).

Supongamos que tu obtienes una patente sobre una hélice para helicópteros modelo, y una persona desea utilizar tu invento para elaborar un nuevo tipo de “drone”. Tu puedes otorgarle una licencia para que utilice tu patente en su invento. Si esta persona luego solicita y obtiene una patente sobre algún elemento de su drone, sería únicamente sobre esos elementos (i.e. “claims”) útiles, noveles y no-obvios del mismo. Por lo que no podrá obtener patente sobre los claims tuyos que han sido protegidos.

#8 Todas las Patentes Expiran.

Una patente es un monopolio limitado al uso y explotación de un invento, pero únicamente sobre esos elementos útiles, noveles y no-obvios del mismo. Este monopolio limitado dura generalmente entre 17-20 años desde la fecha de solicitud. Incluye el derecho a excluir a otros de usar esos elementos protegidos por tu patente. La concesión de tu patente será, generalmente, retroactiva al día de presentación de tu solicitud.

Una vez expira la patente, se vence el monopolio limitado, entonces ese invento puede ser utilizado sin necesidad de autorización de su dueño original. Un ejemplo común de esto son las medicinas (“prescription drugs”) que luego de vencer las patentes comienzan a surgir versiones genéricas a un costo significativamente menor.

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Silvino Diaz

Silvino E. Diaz’s practice ranges from Civil and Commercial Litigation to Entertainment and Intellectual Property Law. Silvino has earned a reputation as one of Puerto Rico’s foremost advocates for independent musicians and artists. As a result of his sustained commitment to creative industries, he was named Professor of Intellectual Property Law at Atlantic University College (Guaynabo, PR) – the Caribbean’s leading digital arts institution – where he spearheaded the “Introduction to IP” course for both the graduate and undergraduate programs, and was appointed by the Office of the President to develop an Intellectual Property graduate curriculum, where he served until moving to Miami in 2017. He is the founder of the service known as Starving Artists, where he offers innovative business and legal counsel for artists and creatives.

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